¿Cuáles son los tipos de contratos de trabajo en Argentina?

Cuando comenzamos con la búsqueda de empleo, nos aseguramos de tener un cv bien diseñado, entrenamos para las entrevistas… pero que sabemos de los contratos que nos pueden ofrecer??

En Argentina hay distintos tipos de contratos, todos regulados bajo la ley 20.744 (Ley Contrato de Trabajo)

En sí, sus diferencias básicas radican en las formas en que la relación laboral se lleva adelante entre las partes, porque en la misma ley se establece lo siguiente, para cualquier tipo de contrato:

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Ahora sí, veamos las diferencias entre los diferentes tipos de contratos en la Argentina:

Tipo de contrato
Características
Por tiempo indeterminado
  • No tiene de forma expresa una finalización de la relación laboral.
  • Dura hasta que el trabajador pueda gozar de su jubilación o se produzca algún tipo de extinción del contrato.
  • Los primeros 3 (tres) meses se consideran a prueba, pudiéndose extinguir la relación en cualquier momento por cualquiera de las partes.
  • Este perÍodo de prueba tiene características específicas definidas en el art 92 bis de la ley 20.744.
A tiempo parcial
  • El trabajador presta sus servicios durante un determinado número de horas al día o a la semana, inferiores a las dos terceras (2/3) partes de la jornada habitual.
  • Los trabajadores no pueden realizar horas extras o suplementarias.
A plazo fijo
  • Tiene una fecha de inicio y una de fin, no pudiendo superar los 5 años de relación laboral.
  • Existe el deber de preavisar la extinción del contrato para ambas partes.
  • El despido injustificado antes del vencimiento del contrato, dará derechos al trabajador de percibir indemnizaciones y a daños y perjuicios.
Por temporada
  • Existe cuando la relación laboral se lleva a cabo en determinadas épocas del año y está sujeta a repetirse en cada ciclo de la actividad.
  • El empleador debe avisar  al trabajador 30 días antes del inicio de la relación laboral de su voluntad reiniciar la misma.
  • El trabajador debe avisar hasta con 5 días desde la comunicación del empleador de su voluntad de continuar o no con la relación laboral.
Por trabajo eventual
  • Se refiere a situaciones en que el vínculo comienza y termina con la realización de la obra, la ejecución del acto o la prestación del servicio para el que fue contratado el trabajador.
Por trabajo en grupo o por equipo
  • Se celebra entre un empleador y un grupo de trabajadores, que son representados por un delegado.
  • Si el salario lo pactan de forma colectiva, los miembros del grupo tendrán derecho a la participación que les corresponda según su contribución al resultado del trabajo.
  • Si un trabajador se retira antes de la finalización de la tarea, su liquidación se realiza en base a lo que le corresponda por el trabajo realizado hasta ese momento.
  • Si se incorpora un trabajador, no tendrá derecho a la participación del grupo y su liquidación será por cuenta del empleador.

Ya tenes un panorama de las diferencias entre cada tipo de contrato, si quieres ampliar más estos conceptos puedes ingresar aquí

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